Análisis del testamento de Juan Bautista Chapa desde el Derecho Canónico del Siglo XVI
A continuación, se presenta un análisis del testamento de Juan Bautista Chapa desde la perspectiva del Derecho Canónico del siglo XVI, seguido de una narrativa histórica.
El testamento de Juan Bautista Chapa, redactado en 1694, se inscribe en un marco legal y social profundamente influenciado por el Derecho Canónico de la época, a pesar de estar siendo otorgado en el Nuevo Reino de León. Si bien la jurisdicción civil y real ya tenía un peso considerable, la Iglesia seguía dictando normas importantes en materia de testamentos, herencias y la moral de los individuos.
Aspectos Religiosos y de Fe
* Profesión de fe: El testamento comienza con una clara profesión de fe católica, invocando a Dios Todopoderoso y la Santísima Trinidad. Esto era un requisito fundamental y una práctica común en los testamentos de la época, reflejando la centralidad de la fe en la vida de las personas y la búsqueda de la salvación del alma. Juan Bautista Chapa explícitamente declara su intención de “vivir y morir como católico cristiano”.
* Temor a la muerte y búsqueda de intercesión: El testador expresa su “temor a la muerte como tan natural a toda criatura” y busca la intercesión de la Virgen María concebida sin pecado original. Esto evidencia la creencia en la intercesión de los santos y la importancia de la figura de María como mediadora ante Dios para la remisión de pecados, una doctrina clave en el catolicismo.
* Misas por el alma: A lo largo del testamento, hay una preocupación constante por las misas por el alma del difunto y de su esposa.
* En el punto 1 del testamento principal, se lamenta no tener bienes para una “misa de cuerpo presente”, pero encarga a sus albaceas que la digan si es posible, mostrando la importancia de esta práctica para la salvación.
* En el punto 9 del codicilo, manda que se vendan sus libros latinos “para [su] alma” y que con el dinero de los libros italianos se le “manden decir algunas misas por mi alma”. Esto subraya la creencia en el purgatorio y la eficacia de las misas para la purificación del alma.
* El punto 14 del testamento principal menciona “una obra Pía por el alma de mi esposa y mía”, lo que refiere a una fundación para misas u otras obras de caridad en beneficio de las almas de los difuntos. Las obras pías eran instrumentos canónicos para asegurar la salvación.
* Limosnas y mandas forzosas: El punto 2 del testamento principal destina “dos reales de limosna” a la Casa Santa de Jerusalén y a las “demás mandas forzosas”. Las mandas forzosas eran legados de carácter pío que se debían hacer a ciertas instituciones eclesiásticas o caritativas, consideradas obligatorias por la costumbre y a veces por la legislación canónica, para la salvación del alma y como un deber cristiano.
* Matrimonio: Juan Bautista Chapa declara que fue “casado y velado según orden de Nuestra Santa Madre Iglesia con Beatriz de Tremino”. Esta frase es crucial y resalta que el matrimonio se realizó conforme a los ritos y leyes de la Iglesia, siendo el matrimonio un sacramento en la doctrina católica. La validez del matrimonio era competencia exclusiva de la Iglesia.
* Papel del Cura Beneficiado: El punto 5 del testamento principal menciona que el testamento de su suegra está “en poder del cura beneficiado de esa ciudad quien ha quedado de hacer la diligencia de vender dichas tierras”. Esto muestra la injerencia y autoridad del clero en asuntos legales y administrativos, especialmente cuando se trataba de propiedades vinculadas a testamentos y, por extensión, a la salvación del alma del difunto.
Aspectos Patrimoniales y Familiares (bajo influencia canónica)
Aunque la herencia de bienes se regía principalmente por el derecho civil (las Leyes de Toro y las Partidas en España, aplicables en las Indias), el Derecho Canónico influía en aspectos como:
* Legados para la salvación del alma: Como se mencionó, los legados destinados a misas, limosnas y obras pías tenían una fuerte motivación canónica.
* Administración de bienes y descargo de conciencia: Los puntos 8 y 9 del codicilo, donde Chapa se disculpa por posibles deudas o cargos en administraciones pasadas, reflejan una preocupación por el “descargo de conciencia” ante Dios. Aunque no es directamente una norma canónica, la moral cristiana exigía la restitución de lo mal habido o el perdón de deudas para asegurar la salvación. El testamento era el lugar idóneo para hacer estas declaraciones antes de la muerte.
* Disposición de los hijos: La exhortación a sus albaceas (sus hijos Gaspar y José) en el testamento principal para que “cuiden a su hermana Juana procurándole que tome estado habiendo oportunidad” refleja la preocupación por el futuro de los hijos, especialmente las hijas, y su inserción en la sociedad, que para la época implicaba a menudo el matrimonio o la vida religiosa, ambos regulados por la Iglesia.
Consideraciones sobre el Contexto
El hecho de que el testamento se otorgue ante un “Teniente de Gobernador” y con ausencia de un “escribano público ni real” indica la aún incipiente organización legal en las colonias, donde figuras de autoridad civil asumían funciones notariales. Sin embargo, la persistencia de las fórmulas religiosas y las referencias a las prácticas católicas subraya la omnipresencia de la Iglesia y su derecho en la vida cotidiana de los individuos, incluso en territorios remotos de la monarquía hispánica. El testamento es un documento mixto, donde lo civil y lo canónico se entrelazan profundamente.
Narrativa Histórica:
El Último Deseo de un Patriarca en la Frontera
La vela de sebo parpadeaba, arrojando sombras danzarinas sobre el rostro demacrado de Juan Bautista Chapa. El aire denso de la pequeña habitación de su casa en Monterrey, en el Nuevo Reino de León, se sentía pesado con el aroma de la enfermedad y el eco de su propia mortalidad. Fuera, la noche de enero de 1694 se cernía sobre la incipiente villa, pero dentro, Juan Bautista, hijo de Bartolomé Chapapria y Batestina Badi de la lejana Arbisola de Génova, luchaba por poner en orden su vida antes de la inminente llamada divina.
Su pluma rasguñaba el papel con dificultad, guiada por la firmeza de su fe y el miedo ancestral a la muerte. “En el nombre de Dios Todopoderoso. Amén”, comenzaba, una invocación que no era una mera formalidad, sino un ancla en la tormenta de su alma. Se declaraba católico cristiano, creyente inquebrantable en la Santísima Trinidad, y se aferraba a la intercesión de la Siempre Virgen María, concebida sin pecado original, pidiéndole que rogara por el perdón de sus pecados. En este acto, Juan Bautista no solo redactaba un documento legal, sino que también hacía un último y público acto de contrición y devoción, siguiendo las costumbres pías de su tiempo.
El primer deseo de Juan Bautista era sencillo pero cargado de simbolismo: que su cuerpo fuera enterrado donde sus albaceas – sus hijos Gaspar y José – consideraran oportuno. No obstante, la realidad de su modesta fortuna se asomaba pronto. “Declaro que no me hallo con ningunos bienes para que se me cante misa de cuerpo presente”, confesaba con resignación, aunque pedía a sus hijos que, si les era posible, cumplieran con esa obligación piadosa para el descanso de su alma. La preocupación por el más allá era palpable. Dos reales de limosna a la lejana Casa Santa de Jerusalén y a las “mandas forzosas” – esas donaciones exigidas por la tradición eclesiástica para el bienestar espiritual – eran su modesta contribución para asegurar su salvación.
La memoria de su vida se desplegaba en las cláusulas siguientes. Recordaba a su difunta esposa, Beatriz de Tremino, con quien se había casado y “velado según orden de Nuestra Santa Madre Iglesia”, un matrimonio validado por la indisoluble ley canónica. Sus hijos, Nicolás, Juan, Gaspar, José, María y Juana, eran declarados sus “hijos legítimos”, fruto de esa unión sagrada. La dote de su suegro, Juan de Olivares, de quinientas chivas, y las cuatro caballerías de tierra, herencia compleja de pleitos y cesiones, demostraban una vida de esfuerzos y trámites en la frontera.
Juan Bautista también se veía como un hombre de confianza, habiendo sido albacea de su suegro y su suegra, Juana de Tremino. Mencionaba un testamento pendiente de cumplir en manos del cura beneficiado de la ciudad, un recordatorio de cómo la Iglesia no solo guiaba las almas, sino que también intervenía en los asuntos materiales de la comunidad.
Sus negocios y responsabilidades eran extensas, y las deudas, un fantasma persistente. Había administrado la vasta mercadería del Gobernador León de Alza, más de cuarenta mil pesos, una suma astronómica, y luego la hacienda de don Nicolás de Azcárraga, por cuarenta y ocho mil pesos. Consciente de la imperfección humana, pedía a sus albaceas que escribieran a los herederos de ambos, suplicando el perdón si acaso les debía algo, un descargo de conciencia esencial antes de comparecer ante el juicio divino.
El inventario de sus bienes reflejaba una vida en la frontera: la casa donde vivía, heredada de su suegro; solares concedidos por gobernadores, algunos de los cuales ya había donado a su nieta y a otros vecinos, incluso a la hija de un esclavo. Estos bienes, modestos en algunos aspectos, eran el cimiento de su legado familiar.
Finalmente, encomendaba a sus hijos Gaspar y José la crucial tarea de velar por su hermana Juana, procurando que “tome estado habiendo oportunidad”, una clara referencia a su casamiento o entrada en alguna orden religiosa, destino común y deseable para las mujeres de la época.
Horas después, o quizás días, sintiéndose más agravado, Juan Bautista dictó un codicilo, añadiendo nuevas cláusulas a su última voluntad. En él, revelaba la historia de una herencia familiar en la lejana Arbisola, una viña y tierras de trigo de su padre, de las que él, único heredero tras la vida religiosa de un hermano y la muerte de otro, nunca había tenido noticias, estimando su valor en cuatrocientos escudos. Era un lamento por un patrimonio perdido en la distancia.
Su humilde ajuar se detallaba: una silla jineta, espuelas, un freno, un arcabuz usado, una daga vieja. Muebles desgastados: una cama de tablas, un colchón viejo, mantas, sábanas, una mesa y unos taburetes. Los objetos más preciados para su hija Juana: dos metates, ollas y una bacinica de cobre, junto con las cucharas de plata con el nombre de su madre. A su hija María, las figuras de San Francisco de Paula y la Virgen de Guadalupe, objetos de devoción que la difunta esposa había estimado. La ropa de vestir, ya gastada, iría para Gaspar.
Los libros, una posesión valiosa en aquel tiempo y lugar, revelaban su intelecto: obras en castellano, latín e italiano. Los libros de “judicatura” (derecho) en romance para Gaspar; los italianos, con la instrucción de enviarlos a México para que un paisano le dijera más misas; y los latinos, algunos de “mucha estima”, que debían venderse para aplicar su precio “por [su] alma”. Incluso en sus bienes más preciados, la salvación del alma era la prioridad.
Rememoraba la partición de la Estancia de San Antonio de la Pesquería Chica, donde a su esposa le correspondieron dos caballerías de tierra, y cómo una fue donada a su hija María con consentimiento de todos, y la otra a Juana. Recordaba también las vicisitudes del solar donde vivía, dejado por su suegro, y las disputas con sus cuñados, pidiendo a sus albaceas que defendieran el legado.
Finalmente, mencionaba deudas y beneficios de diezmos recibidos en el pasado, y cómo pagó cien pesos por condenas de su suegro. A pesar de haber declarado inicialmente que no tenía bienes de herencia en su testamento principal, el codicilo revelaba el valor de las tierras de Cerralvo y el patrimonio en Génova, lo que le permitía ahora nombrar a sus hijos como herederos universales de lo restante, con la “bendición de Dios y la mía”.
El 8 de enero de 1694, Juan Bautista Chapa, un hombre piadoso, administrador y padre de familia en la frontera de la Nueva España, estampaba su firma, seguido por la del Teniente de Gobernador, don Antonio Fernández Vallejo, quien, en ausencia de un escribano real, autentificaba el documento. Diez días después, el 18 de enero, el codicilo sería añadido, completando su legado.
Juan Bautista Chapa, a través de estas últimas voluntades, no solo repartía sus bienes, sino que también tejía un tapiz de su vida: un testimonio de fe profunda, de responsabilidades familiares, de luchas económicas en un entorno fronterizo, y de una inquebrantable preocupación por la salvación de su alma en un mundo donde lo divino y lo terrenal estaban intrínsecamente entrelazados. Su testamento es un eco de una época en la que la muerte no era el final, sino el umbral a una nueva existencia, y cada acción en vida, incluso la más pequeña, podía tener repercusiones eternas.
Benicio Samuel Sánchez García
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